Introducción a la Seguridad Social
En materia de Seguridad Social existe una serie de situaciones que requieren una especial protección.
Hablamos de situaciones que, por cuestiones familiares o de salud, afectan al puesto de trabajo y a las relaciones laborales.
Así nos encontramos con las situaciones en que se produce un accidente o se contrae una enfermedad, situaciones relacionadas con los hijos e hijas (nacimiento, adopción, enfermedades graves, conciliación de la vida laboral y familiar, excedencias) y situaciones de incapacidades, muerte y supervivencia.
En esta ocasión nos centraremos en dar unas breves nociones conceptuales básicas y explicaremos algunas peculiaridades.
- Un accidente de trabajo es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte, lo que viene a incluir cualquier situación que acontezca mientras estamos trabajando o mientras vamos hacia o de vuelta del trabajo. Asegúrese que el parte que el facultativo emite declare que se trata de un accidente laboral, no de una baja por enfermedad común o accidente no laboral.
- La Seguridad Social establece una prestación económica por incapacidad temporal que trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, (no importa si es laboral o no) está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
- La incapacidad permanente, por su parte, es una situación laboral en la que se encuentra un trabajador que no puede desempeñar su profesión con normalidad debido a reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de ser determinadas objetivamente y previsiblemente definitivas, existiendo cinco tipos de incapacidades permanentes:
- Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual.
- Incapacidad permanente total para la profesión habitual.
- Incapacidad permanente total cualificada para la profesión habitual.
- Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.
- Gran invalidez.
- Una lesión permanente no invalidante es cualquier lesión, mutilación o deformidad permanente causada por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, que no llega a ser una incapacidad permanente pero que implica la disminución de la integridad física del trabajador y está reconocida dentro del baremo dispuesto por la Seguridad Social.
Altas Médicas Indebidas
Un caso sobre el que deseamos comentar, dada la acumulación que se está sucediendo en la actualidad, es el de las altas médicas indebidas, es decir, cuando se le indica al trabajador que está apto para trabajar a pesar de que sus circunstancias personales indican lo contrario.
Se trata de un procedimiento sometido a plazos especialmente cortos, que en ocasiones son únicamente de 4 días, por lo que hay que actuar muy rápido ante estas situaciones.
Así, como norma general, ante un alta emitida por el INSS, el trabajador dispondrá de 4 días naturales para impugnar dicha decisión, disponiendo el INSS de 7 días para responder.
Aquí habrá que estar muy atentos, pues a partir de este momento comienza a correr el plazo para reclamar, dado que si el INSS no contesta en dicho plazo se entenderá que confirma su decisión anterior.
Resumen Prestaciones en materia de Seguridad Social
Las prestaciones que se pueden solicitar a la Seguridad Social serían las siguientes (en caso de duda contacten con nosotros para asesorarle sobre su prestación oportuna):
- Maternidad y paternidad
- Riesgo durante el embarazo o durante la lactancia.
- Incapacidad temporal y permanente, derivadas de Accidentes de trabajo y enfermedad profesional o de accidentes no laborales y enfermedades comunes
- Lesiones permanentes no invalidantes
- Indemnización especial a tanto alzado, en los supuestos de accidente de trabajo y enfermedad profesional
- Altas médicas indebidas.
- Jubilación
- Viudedad y Orfandad y en favor de familiares.
- Prestaciones por nacimiento y cuidado de hijos.
- Prestaciones familiares por hijo o menor a cargo
- Prestaciones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI)
- Prestaciones por Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave
- Corresponsabilidad en el cuidado del lactante
- Pensiones No Contributivas de Invalidez y Jubilación.
Cuestiones sanitarias
Aunque menos demandadas, las personas se ven necesitadas de ayuda en cuestiones de salud, ya sea por cuestiones médicas o administrativas.
En este sentido, prestamos nuestro apoyo en:
- Obtención/renovación de la tarjeta sanitaria
- Cambios de médicos.
- Cambios de Centros de Salud.
- Cuestiones litigiosas, tales como negligencias médicas, retrasos en los tratamientos, segundas opiniones médicas, …
Contacta con nosotros si tienes algún problema laboral con tu empresa o con la seguridad social.
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